Declaracion anual impuesto sobre la renta 2013

El Calendario 2014 no solo se trata de los días feriados en México a la par existe otro calendario como el Calendario Fiscal de México 2014 que establece SAT que exige cumplir presentar la declaración del Impuesto Sobre la Renta (ISR) 2013. Vala aclarar que la presentación es en 2014, aunque se trata de la declaración ISR 2013. Por lo que sucesivamente el ISR 2014, deberán presentarlo en 2015 y el de dicho año en 2016 y así.

Declaración de Impuestos:

ISR:

Se trata del Impuesto sobre la Renta o el ISR uno de los principales impuestos en México, grava de forma directa el ingreso. La ley del gravamen es aplicada en cada ejercicio por lo que exige hacer los pagos provisionales de forma mensual y a cuenta del impuesto anual.

Sujetos Alcanzados por el ISR:

El ISR alcanza a personas físicas y a personas morales, residentes de México y si no residen, que obtengan sus ingresos de fuentes y bienes en México. Las personas físicas y morales deben pagar el impuesto si registran ingresos, en alguna de categorías:

-Salarios percibidos por servicio subordinado
-Actividades profesionales
-Arrendamiento o uso de bienes inmuebles
-Intereses obtenidos
-Premios obtenidos
-Dividendos y ganancias repartidos por personas morales
-Enajenación de bienes

Preparar la Declaración Anual:

No hay forma de eludir sus obligaciones fiscales, por lo que lo que queda es ser precavido y saber cómo preparar su delcaración anual y contar con toda la documentación que deben presentar en su declaración anual.

Que Deben Presentar:

-Presentar puntualmente sus declaraciones mensuales del Impuesto al Valor Agregado (IVA)
-Del Impuesto Sobre la Renta (ISR)
-Del Impuesto Empresarial a Tasa Unica (IETU)

Así se evitarán pagar recargos, actualizaciones, requerimientos y multas. Hasta que no lo realicen quedarán impedidos de presentar su declaración anual.

Es recomendable tener una especie de bitácora sobre información necesaria para anotar mes a mes sus ingresos, gastos por actividad y gastos personales, pagos, iva acreditable y retenciones de impuestos; así podrán disponer de forma unificada en una sola hoja los datos que que luego les serán requeridos para presentar sus declaraciones mensuales y su declaración anual.

Deben solicitar facturas de sus compras o gastos realizados en el año ya que tienen carácter demostrativo de los gastos, y los relacionados con su actividad. Si trabajan por honorarios o atienden un negocio -pertenecen al régimen de actividad empresarial y régimen intermedio- cada vez que compre un bien o servicio indispensable para su trabajo deben solicitar las facturas correspondientes, para poder deducir el importe y pagar solo los impuestos según capacidad de ingresos.

Solicitar facturas o recibos de honorarios de los gastos personales realizados en el año para poder deducirlos en la declaración anual, si obtienen saldo a favor en sus impuestos pagados o retenidos:

-Honorarios por consultas médicas y dentales
-Gastos hospitalarios
-Compra o alquiler de aparatos para la rehabilitación o restablecimiento del paciente
-Análisis o estudios clínicos
-Lentes ópticos, graduados para corregir defectos oculares
-Honorarios a enfermeras
-Primas por seguros de gastos médicos
-Gastos de funerales
-Gastos de colegiaturas y transporte escolar obligatorio
-Donativos a instituciones autorizadas, por ejemplo a la Cruz Roja, al Teletón, y demás.
-Intereses reales pagados por créditos hipotecarios para casa habitación debiendo entregar una constancia o estado de cuenta anual.

Deben solicitar comprobantes con todos los requisitos fiscales de los gastos por pago de servicios educativos (colegiaturas) con lo que podrán reducirlo en su Declaración Anual.

Algo a no olvidar es la Contraseña -antigua CIEC- o la Firma Electrónica Avanzada (Fiel) vigente en caso de no tenerlas deben tramitarlas o actualizar su Contraseña. En caso de creer que obtendrán saldo a favor en el ISR deben utilizar su Clave bancaria estandarizada (Clabe).

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