
Nuevamente como sucede año a año en Abril, es el inicio del período en el que los contribuyentes deben presentar ante el SAT la declaración anual de impuestos en este caso el ISR 2013 sobre el pago de impuestos respecto a los ingresos obtenidos en el año anterior por lo que en 2014 deben declarar sobre los ingresos de 2013.
Declaración ISR: Personas Físicas 2013
Abril es el mes para la declaración anual de impuesto para personas físicas. Quedando obligados a presentar la declaración anual de impuestos, los contribuyentes considerados como personas físicas y que obtuvieron ingresos, por:
-Al haber obtenido ingresos anuales por salarios y/o conceptos asimilados a salarios superiores a $400,000.
-Por prestar servicios profesionales (honorarios)
-Por rentar bienes inmuebles.
-Por realizar actividades empresariales (comerciales, industriales, agrícolas, ganaderas, silvícolas, de pesca, y de autotransporte), no los que tributen en el Régimen de Pequeños Contribuyentes
-Por intereses, como inversiones.
-Tendrán que declarar los ingresos percibidos en el año por conceptos y montos aunque hubieran pagado el o los impuestos que correspodan.
-Mientras que los ingresos por préstamos, premios y donativos, que individual o conjuntamente superen 600,000 pesos.
-Los ingresos exentos del pago del Impuesto Sobre la Renta por herencias o legados y por enajenación de casa-habitación, en caso que al sumar los ingresos totales en la declaración supere 500,000 pesos.
-En caso de no haber percibido ingresos en 2013 y estuvieran inscritos en el RFC por alguno de los anteriores conceptos, tendrán que presentar la Declaración Anual e informar tal circunstancia, presentando su declaración en cero.
Deducciones Personales:
En caso de ser asalariados con un ingreso periódico por trabajar como empleado fijo, podrán presentar su declaración anual voluntariamente y deducir:
-Honorarios médicos
-Honorarios dentales
-Gastos hospitalarios
-Gastos funerarios
-Seguros de gastos médicos
-Intereses reales pagados por créditos hipotecarios para compra, construcción o remodelación de su casa.
Además podrán deducirles las aportaciones complementarias a su Afore o a un plan de ahorro con operadoras de fondos y aseguradoras, colegiaturas, y demás conceptos.
Por lo que al llegar el mes de Abril, siendo el mes para la declaración anual de impuestos para personas físicas si se encuentran obligados a presentar la declaración anual todo lo anterior es de suma importancia para cumplir con tal obligación ante el SAT.
Presentar la Declaración por Internet Personas Físicas:
-Primer paso instalar el programa DeclaraSAT o en todo caso pueden usar el programa DeclaraSAT en Línea
-Llenar sus datos en el programa
-Generar el archivo de envío de la declaración
-Enviar declaración al SAT
-Luego SAT les enviará un acuse de recibo
-En caso que la declaración fuera en cero o con saldo a favor, ya no tendrán que seguir el procedimiento
-Si el resultado es impuesto a cargo, deben ingresar al portal de uno de los bancos y pagar los impuestos por transmisión electrónica de fondos; y llenar el formato electrónico.
-Una vez realizado el pago, el banco les enviará un recibo con el que podrán comprobar el pago.
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