Vacaciones Ley Federal

La Ley Federal de Trabajo de la República de México regula las vacaciones como la situación en la cual los trabajadores, que tengan más de un año de servicios en la misma empresa, disfrutaran de un periodo anual de vacaciones pagadas por el empleador, que en ningún caso podrá ser inferior a seis días laborables, y que aumentara en dos días laborables, hasta llegar a doce, por cada año siguiente de servicios.

Las vacaciones que se declaran en la Ley Federal de Trabajo, en su artículo 76, son otorgadas a los trabajadores que posean más de un año de servicios, la posibilidad y obligación de disfrutar de un período anual de vacaciones pagadas por el empresario o empleador. Es un derecho de todo ciudadano mexicano poder disfrutar de un período de vacaciones retribuidas.

El período de vacaciones continua no podrá ser inferior a seis días laborables.

Asimismo, la totalidad de los días correspondientes en vacaciones, se computan basándose en la antigüedad del trabajador en la empresa en concreto.

Por otra parte y en el articulado de su artículo 81, la Ley Federal del Trabajo determina que las vacaciones se deben conceder dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento del año de servicios en la empresa.

Asimismo, el pago de las vacaciones debe realizarse el día inmediato anterior en que empiece a disfrutarlas el trabajador.

La Ley Federal del Trabajo computa los días de vacaciones a los cuales tiene derecho el trabajador en función de los años trabajados por el mismo en la empresa.

El mecanismo que establece los días de vacaciones, según la Ley Federal de Trabajo, es el procedimiento que detallamos a continuación. Por el primer año de trabajo, el empleado tiene derecho a seis días de vacaciones. Durante los siguientes años aumentará dos días cada año hasta llegar a doce días de vacaciones. Asimismo, por cada cinco años adicionales laborados bajo el mismo empleador, el trabajador tiene derecho a dos días más de vacaciones.

El pago de las vacaciones incluirá un plus, llamado prima vacacional, con un incremento del 25% del sueldo que recibe el trabajador durante el resto de los meses.

El derecho a las vacaciones del trabajador es un derecho inalienable del mismo y al que no debe  ni puede renunciar.

Aparte las vacaciones retribuidas a las que acabamos de hacer mención. Existen en la legislación laboral mexicana determinados días festivos en el calendario como días no laborables pero pagados al trabajador.

Estos días  de vacaciones son el primero de enero, el día de la Constitución Mexicana (cinco de febrero), el natalicio de Benito Juárez, es decir, el veintiuno de marzo, el día del Trabajo (primero de mayo), el Día de la Independencia de la República de México, es decir, el dieciséis de septiembre,  el 20 de noviembre como el Día de la Revolución Mexicana, el 25 de diciembre día de Navidad y el Día de la Toma de Posesión del Presidente de la República, es decir el primero de diciembre cada seis años.

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